Para ejercer y proteger sus derechos en estos mandatos de vacunación compulsoria, el primer paso es hacer una exención religiosa y/o médica según sea el caso, para usted o sus hijos. Ésta debe ser entregada en su empleo, lugar de educación, deportes o universidad según sea el caso. .
Una vez al año solemos destacar una de las figuras más importantes y menos valorada en nuestra sociedad actual: la figura de Papá. Donde quiera que vamos a celebrarlo, ya sea que vayamos de compras, de paseo o naveguemos en las redes recibimos el bombardeo masivo del “Orgullo” y su bandera multicolor, aún en los logos de grandes compañías. Sumemos la propaganda feminista de la “masculinidad toxica” y el intento de estos movimientos de borrar por completo la figura paterna.
Analicemos. ¿Cuántos homenajes, propaganda y mensajes alusivos a los PADRES vimos en el mes de junio? Siga Leyendo...
El Tribunal Supremo de EU determinó que el aborto NO es y NUNCA ha sido un derecho constitucional.
El Código Penal de PR en su Art 98 prohíbe toda práctica o tan solo ACONSEJAR el aborto por decisión o por derecho (o sea, On Demand) y solo lo permite como una EXCEPCION por recomendación “TERAPEUTICA” de un médico “con vista a la conservación de la salud o vida de la madre, y será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres (3) años.”
La decisión del Tribunal Supremo de PR en el caso El Pueblo de Puerto Rico v. Pablo Duarte Mendoza en 1980 se cayó el viernes 24 de junio, porque estaba fundamentado en el caso de Roe vs Wade del 1973 y ya fue ANULADO.
En PR hace 49 años que se practica el aborto “On Demand” por decisión o derecho de la mujer y desean continuar sin ley que los ampare.
Hoy en PR, TODA PERSONA que:
1. permita
2. indique
3. aconseje
4. induzca
5. practique un aborto
6. proporcione, facilite, administre, prescriba o haga tomar a una mujer embarazada cualquier medicina, droga o sustancia
7. utilice o emplee cualquier instrumento u otro medio con el propósito de hacerla abortar
8. ayude a la comisión de cualquiera de dichos actos
Podrá ser acusada y sancionada con pena fija de 3 años de cárcel.
¡LUCHEMOS POR LA JUSTICIA! NADIE VA POR ENCIMA DE LA LEY. NADIE.